Presentamos un resumen de los votos realizados en el Perú durante los años 1980 hasta 2016.
Recordar que:» La Oficina Nacional de Procesos Electorales – ONPE, es creada por la Constitución Política del Perú, art.° 177, el 31 de diciembre de 1993, sin embargo, aproximadamente tres años después, el 21 de Junio de 1995, fue publicada la Ley N° 26487 – Ley Orgánica de la ONPE»(1).
También es menester recordar que según la Constitución Política del Perú de 1993, elaborada en época de Dictadura, no se computan los votos balncos, viciados/nulos:
» Artículo 111.- Elección del Presidente de la República(2).
El Presidente de la República se elige por sufragio directo. Es elegido el candidato que obtiene más de la mitad de los votos. Los votos viciados o en blanco no se computan.
Concordancia: LOE: Art. 17
Si ninguno de los candidatos obtiene la mayoría absoluta, se procede a una segunda elección, dentro de los treinta días siguientes a la proclamación de los cómputos oficiales, entre los candidatos que han obtenido las dos más altas mayorías relativas
Concordancia: LOE: Art. 18
Junto con el Presidente de la República son elegidos, de la misma manera, con los mismos requisitos y por igual término, dos vicepresidentes.
Concordancia: LOE: Arts. 104, 106 – 111
Debemos señalar que excluir del conteo como voto válido a los votos blancos resulta absurda. El voto en blanco es un voto consciente, como en su mayoría también lo puede ser el viciado/nulo. Son leyes que recortan la voluntad y decisión popular. Hay un gran sector de la población que no se deja engañar y rechaza esta farsa de democracia.
El Ausentismo es un actor silente pero contundente. Es, como se le suele llamar ahora, el «voto duro». Que es difícil su cambio de elegir a algún candidato.
Los datos han sido recogidos de la ONPE y de Perupolitico.com.(3)
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